Modelo de prevención

Modelo de Prevención - Ley N° 20.393

El Modelo de Prevención de CSI LTDA., consiste en un sistema preventivo y de supervisión, a través de diversas actividades de control, sobre los procesos o actividades de negocio que potencialmente se encuentran expuestas a los riesgos de comisión de los delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo, Cohecho (soborno a Funcionario Público nacional o extranjero), Receptación, Administración Desleal, Negociación Incompatible, Corrupción entre Privados, Apropiación Indebida, Contaminación de Aguas señalados en la Ley Nº 20.393 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, y cualquier otro delito que en el futuro pueda ser incorporado mediante una modificación legal.

Alejandro León Jofré
Encargado de Prevención de Delitos
Delitos Contenido en la Ley N°20.393 y 21.121
  • 1
    LAVADO DE ACTIVOS:

    Cualquier acto tendiente a ocultar el origen ilícito de determinados bienes, a sabiendas que provienen de hechos delictivos.

  • 2
    FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO:

    Solicitar o proveer fondos con la finalidad de ser utilizados en la comisión de delitos terroristas.

  • 3
    RECEPTACIÓN:

    Tener, a cualquier título, especies hurtadas conociendo su origen ilícito.

  • 4
    COHECHO A FUNCIONARIO PÚBLICO NACIONAL O EXTRANJERO:

    Ofrecer o consentir en dar a un empleado público un beneficio económico, en provecho de éste o de un tercero, para que realice acciones u omisiones indebidas .

  • 5
    ADMINISTRACIÓN DESLEAL:

    Causar un perjuicio en la administración de un patrimonio ajeno, ejerciendo abusivamente facultades o actuando indebidamente.

  • 6
    NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE:

    Tomar un interés indebido sobre un patrimonio ajeno, incumpliendo deberes legales, en cualquier negociación o actuación.

  • 7
    COHECHO ENTRE PARTICULARES:

    Solicitar, aceptar o recibir, en el ejercicio de un cargo en el sector privado, dinero u otro beneficio como contrapartida de actuar o abstenerse con infracción a sus deberes.

  • 8
    APROPIACIÓN INDEBIDA:

    Apropiarse o distraer dinero, o cualquiera otra cosa mueble recibida, que produzca obligación de devolverla.

  • 9
    CONTAMINACIÓN DE AGUAS (DAÑO AMBIENTAL):

    Introducir en cualquier cuerpo de agua, sea por imprudencia o mera negligencia, un agente contaminante, químico, biológico o físico que cause daño a los recursos.

  • 10
    BENEFICIO INDEBIDO DEL SEGURO DE CESANTÍA:

    Acceso a prestaciones del seguro de desempleo, mediante simulación o engaño (Ley N°21.227).

Puede descargar documentos de uso público a través de los siguientes accesos.